El Gobierno de Zaragoza ha acordado en su reunión de este jueves la modificación de la Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua (OMECGIA). El objetivo principal de esta modificación es actualizar el texto y su ordenación, además de incluir regulaciones relacionadas con los efectos del cambio climático en los servicios del ciclo integral del agua.
Uno de los cambios más significativos es asegurar la profesionalidad en el diseño y ejecución de las instalaciones particulares, atajando el intrusismo. Por lo tanto, se ha añadido la exigencia de que las intervenciones autorizadas en las instalaciones de abastecimiento y saneamiento sean realizadas por profesionales habilitados.
La OMECGIA, que fue creada hace 12 años, revisa y actualiza todas las ordenanzas, reglamentos, resoluciones, instrucciones y circulares que forman parte de la normativa reguladora de los servicios de abastecimiento y saneamiento de la ciudad.
Con la experiencia acumulada de los servicios técnicos competentes, los cambios normativos y las sugerencias recibidas, se ha revisado la normativa para reflejar la realidad actual del municipio. Además, se prioriza el reconocimiento internacional del derecho humano al agua y al saneamiento, se introducen los efectos del cambio climático en la regulación de los servicios del ciclo integral del agua, se defiende la gestión pública de estos servicios y se mejora su estructura y redacción.
En términos prácticos, la ordenanza introduce nuevos criterios de planificación del ciclo integral del agua a través de un Plan Estratégico y diversos programas sectoriales.
En lo que respecta a la integración urbanística de la ordenanza, se ajusta la nomenclatura de las licencias y otros títulos habilitantes para cumplir con la normativa aplicable. Además, se evita el intrusismo laboral y el descontrol al establecer que las intervenciones autorizadas en las instalaciones de abastecimiento y saneamiento deben ser realizadas por profesionales con título habilitante, y se establece la obligación de declarar los vertidos.
Para las edificaciones dispersas en suelo no urbanizable, se adecuan las condiciones generales para autorizar la toma de agua de abastecimiento sin alterar la clasificación del suelo, y también se regula el transporte de agua potable a estas edificaciones.
Además, se regula la inspección municipal en materia de abastecimiento y saneamiento de aguas, así como el régimen disciplinario. La nueva redacción establece la clasificación, los responsables y las prohibiciones. También se requiere el correspondiente certificado de cumplimiento con la ordenanza en la Declaración responsable de primera ocupación y en las licencias de inicio de actividad clasificada o las licencias de funcionamiento de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimiento públicos.
La modificación de la ordenanza se someterá a información pública durante 30 días en el BOPZ (Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza) y se solicitará el informe de la Asesoría Jurídica Municipal. Posteriormente, se podrán presentar votos particulares y el proyecto será remitido a la Comisión de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda. Finalmente, se someterá a aprobación definitiva en sesión plenaria, teniendo en cuenta las alegaciones presentadas durante el período de información pública y los votos particulares de los grupos municipales.
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