Crónica Aragón.

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La Iglesia de Santa María y el Obispado de Tarazona son los dueños de los relieves de Olvés.

La Iglesia de Santa María y el Obispado de Tarazona son los dueños de los relieves de Olvés.

ZARAGOZA, 28 de mayo. El juez Álvaro Sáez, responsable del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Calatayud, ha decidido que el Obispado de Tarazona y la iglesia de Santa María la Mayor son los legítimos dueños de los relieves de Olvés. Esta sentencia conlleva la orden de devolución inmediata de estas obras.

La resolución se produce tras la demanda interpuesta el 13 de noviembre de 2023 por el Obispado y la parroquia de Santa María la Mayor, que reclamaban la restitución de los relieves robados en 1989, así como el reconocimiento de su propiedad legítima, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

En su fallo, el juez rechazó la argumentación presentada por los demandados, quienes sostenían que los relieves habían sido adquiridos legalmente mediante compraventa. Sáez subrayó que sus argumentos carecían de fundamentos sólidos, destacando que no presentaron pruebas adecuadas para respaldar su titularidad, limitándose a aportar solo unas fichas elaboradas de manera unilateral por el padre de los demandados.

El magistrado enfatizó que los reclamantes no pudieron presentar facturas o documentos que corroboraran la adquisición de los relieves, subrayando la falta de pruebas que validaran su posesión.

Respecto a la autenticidad de los relieves, el tribunal se basó en los informes de los peritos y las evidencias recopiladas durante el proceso, concluyendo que, efectivamente, se trataba de las obras robadas de la iglesia de Olvés en 1989.

Además, el juez argumentó que los relieves deberían considerarse parte del patrimonio histórico español debido a su evidente relevancia tanto histórica como artística, haciendo referencia a la Ley del Patrimonio Histórico Español, que protege no solo inmuebles, sino también objetos de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico.

Por lo tanto, la sentencia favorece las pretensiones del Obispado de Tarazona y de la parroquia de Santa María la Mayor. Los demandados tienen la opción de apelar esta decisión ante la Audiencia Provincial de Zaragoza en un plazo de 20 días.