Crónica Aragón.

Crónica Aragón.

El Tribunal Supremo respalda fallo de Huesca y ordena al MNAC restituir murales del Monasterio de Sijena.

El Tribunal Supremo respalda fallo de Huesca y ordena al MNAC restituir murales del Monasterio de Sijena.

Las obras de arte que una vez adornaron la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena han sido objeto de un prolongado litigio legal, que finalmente ha llegado a su culmen. El Tribunal Supremo ha respaldado la decisión de la Audiencia Provincial de Huesca, que ordenó la restitución de estas valiosas pinturas al monasterio, tras haber sido retiradas en circunstancias controvertidas. Estas obras, visibles y de gran valor histórico, son consideradas por muchos como un patrimonio cultural que debe estar en su lugar de origen.

La controversia se desencadenó cuando el Gobierno de Aragón, en representación del Monasterio de Sijena y respaldado por la Comunidad Religiosa responsable de la propiedad, presentó una demanda. El Ayuntamiento de la localidad se unió a la causa, demostrando un fuerte interés por el destino de su patrimonio artístico. En este proceso, la Administración General del Estado y el Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) fueron acusados, mientras que la Generalitat de Catalunya intervino como parte interesada.

En su fallo, el Tribunal Supremo ha revalidado la legitimidad del Ayuntamiento de Sijena para involucrarse en este asunto. Asimismo, ha confirmado que el Gobierno de Aragón tiene el derecho de reclamar las obras, dado que actúa como cesionario de los derechos de la comunidad religiosa propietaria. Este reconocimiento es un paso crucial en la defensa de lo que muchos consideran un ataque sistemático al patrimonio cultural español.

El tribunal se pronunció también sobre la cuestión de la prescripción de la acción reivindicatoria interpuesta, determinando que esta no ha caducado. La decisión se fundamenta en precedentes legales, específicamente una resolución de 2012 que establece que si el demandado no ha regularizado su posesión del bien, la acción de reclamación puede seguir vigente. Así, el Supremo ha dejado claro que el MNAC no puede reclamar la propiedad de las pinturas, las cuales fueron "arrancadas" de su contexto original y depositadas en el museo sin el debido proceso.

Además, el tribunal ha cuestionado la legitimidad del contrato que supuestamente autorizaba al MNAC a poseer las pinturas, ya que este acuerdo no ha sido comprobado de manera satisfactoria. La persona que figura en el documento, la priora del Monasterio de Valldoreix, no tiene autoridad para representar al Monasterio de Sijena, lo que refuerza la idea de que la restitución de las pinturas es más que necesaria, es un acto de justicia histórica.