Presidente de la Audiencia de Zaragoza aprueba el nuevo delito de violencia vicaria contra la mujer.
En Zaragoza, el presidente de la Audiencia Provincial, Alfonso Ballestín, ha elogiado la introducción de un nuevo artículo penal en el anteproyecto de ley que aborda la violencia vicaria, subrayando que la pena se incrementará especialmente cuando la víctima sea mujer, dado que este es el escenario más habitual.
Ballestín compartió sus reflexiones con los medios antes de participar en la novena reunión de la Comisión Provincial de Coordinación contra la Violencia de Género. En este encuentro, la delegada del Gobierno, Carmen Martínez Perza, expuso a través de videoconferencia los problemas con los dispositivos telemáticos conocidos como pulseras antimaltrato y se discutió la posible adhesión del Ayuntamiento de Zaragoza al sistema VioGén.
El líder judicial ha argumentado que es fundamental contar con esta legislación para abordar la violencia vicaria, que se manifiesta cuando los actos de agresión se dirigen contra los hijos o seres cercanos, pero cuyo objetivo final es hacer daño a la mujer. Este marco legal, según Ballestín, representa un avance en la protección penal y en el respaldo a quienes se ven afectados por esta problemática.
La violencia vicaria ha sido una preocupación histórica, aunque hasta ahora no se había definido de manera específica. Este nuevo enfoque no solo reconoce esta forma de violencia en el contexto de las violencias de género, sino que también busca ofrecer un respaldo legal más robusto para quienes sufren sus consecuencias.
Desde 2013, se han reportado 65 incidentes en los que padres biológicos han llegado a perpetrar asesinatos contra sus propios hijos con la intención de castigar a las madres. Ballestín ha enfatizado que calificar a estos individuos como "padres" resulta complicado, dada la atrocidad de sus acciones.
Recordando casos notorios como los de José Bretón y Tomás Gimeno, el presidente de la Audiencia ha destacado que el anteproyecto de ley, aunque breve y conteniendo solo siete artículos, establece un nuevo tipo penal que aborda la violencia de género bajo la categoría de violencia vicaria.
Este nuevo marco legal clasifica la violencia vicaria como aquella que causa sufrimiento a mujeres a través de menores o personas en su cuidado, ampliando así la cobertura legal para estas víctimas vulnerables. Incluye no solo el homicidio de los hijos, sino cualquier forma de manipulación psicológica contra la madre, y prevé un agravante cuando la mujer sea la víctima.
La tipificación de la violencia vicaria también contempla sanciones que van de seis meses a tres años de prisión y establece un agravante específico por cuestiones de género.
La iniciativa legislativa, aprobada por el Consejo de Ministros a finales de septiembre y sujeta a la revisión parlamentaria, implica reformas al Código Civil para fortalecer la protección de menores y personas con discapacidad, asegurando que sus voces sean consideradas en juicios sobre custodia.
Asimismo, promueve la aceleración de los procesos judiciales relacionados con la patria potestad para resguardar el bienestar de los menores y establece medidas de sensibilización y formación para los operadores jurídicos, incorporando la violencia vicaria en los requisitos de formación y promoción en la carrera judicial.
Ballestín ha expresado su deseo de que se prohíba la publicación de contenido relacionado con los delitos en casos como el de Ruth Ortiz, quien abogó contra la difusión del libro 'El odio', que narraba los crímenes de sus hijos a manos de José Bretón. Esta restricción es una de las novedades que el anteproyecto aporta, y su inclusión en la versión final está sujeta a las modificaciones pertinentes que se consideren necesarias para salvaguardar el derecho a la libertad de expresión.
El objetivo es evitar que se continúe infligiendo dolor a las víctimas, quienes ya han sufrido lo suficiente por las tragedias que han vivido.
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