HUESCA, 23 Feb.
La Guardia Civil inspecciona a tres personas por el siniestro vial ocurrido el pasado 3 de octubre, en el quilómetro 1,cien de la HU-883, término municipal de Villanueva de Sigena (Huesca) consistente en el desplome del puente de hierro que cruza el río Alcanadre en el momento en que lo atravesaba un transporte particular.
A consecuencia del siniestro el conductor resultó herido y los daños ocasionados a la infraestructura con un valor mayor a los 2 millones de euros.
Los tres investigados por supuestos delitos "contra el derecho de los trabajadores" y "daños" son representantes de la compañía de transportes.
Tras las primeras indagaciones llevadas a cabo por el Equipo de
Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huesca, se ha podido saber que la causa primordial del siniestro fue el paso no autorizado del vehículo articulado por el puente, con un exceso de peso muy superior al tolerado.
Del completo análisis de las situaciones y causantes relacionados con la causalidad del incidente, tal como de las condiciones de seguridad y conducción en las que circulaba el vehículo implicado, los expertos en inspección de transportes del Sector de Tráfico de Aragón, advirtieron infracciones graves a la normativa de transportes y a la ley de seguridad vial.
La circulación de este transporte particular por la citada vía, de titularidad autonómica, demandaba la tramitación de una autorización complementaria de circulación, que no se había efectuado, impidiéndose con esto que el titular de la vía tuviera conocimiento y pudiera producir el pertinente informe sobre la viabilidad de su circulación por el puente que quedó desplomado.
Del mismo modo, esto impidió que los agentes encargados de la supervisión y control del tráfico de la provincia fuesen conocedores de su circulación por el mencionado sitio, y por tanto pudieran
supervisarlo.
Debido a las especificaciones del siniestro, en el que se vio lesionado un trabajador a lo largo del desempeño de su actividad laboral, éste fue clasificado como siniestro laboral de tráfico, observando en la investigación incumplimientos graves a la normativa de peligros laborales; siendo compromiso del empresario, y de forma especial del Gestor de Transportes de la compañía, el eludir y impedir esta clase de formas de proceder, tal como resguardar a sus trabajadores en frente de los peligros laborales, así como apunta la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
El pasado 25 de enero se procedió a la investigación del Gestor de Transportes de la compañía transportista como presunto creador de los delitos de daños y contra la seguridad de los trabajadores, tal como a la investigación del conductor del vehículo articulado como creador de un presunto delito de daños.
El día 8 de febrero del año en curso, la Guardia Civil estudió a una tercera persona, tratándose del solicitado de la compañía que dirigió los trabajos el día que sucedió el siniestro, como presunto creador de los delitos de daños y contra la seguridad de los trabajadores.
Una vez finalizadas las diligencias estas fueron entregadas este martes 21 de febrero en el Juzgado de Primera Instancia y también Instrucción número 1 de Huesca, tal como a la Fiscalía de Huesca.
La normativa de prevención de peligros laborales en España ordena a los hombres de negocios a resguardar a sus trabajadores de los probables peligros de la actividad y su incumplimiento, tanto por acción como por omisión, puede ser constitutivo de delito.
Estos incumplimientos a la citada normativa representan un riesgo para los trabajadores y, en la situacion de tratarse de un siniestro laboral vial, asimismo un peligro para el resto de los clientes de la vía, siendo entre las preferencias de investigación por la parte de los elementos de la Agrupación de Tráfico de Aragón.
Desde el Sector de Tráfico de Aragón se recuerda la relevancia que tiene tanto para la seguridad de los propios transportistas, para la seguridad vial, la observancia de todas y cada una aquellas medidas que cuiden al conductor de los peligros expuestos en su actividad y, de forma especial, de padecer un siniestro vial.
La inobservancia por el empresario de su obligación en temas de prevención de peligros laborales, tanto dolosa como imprudente, que ponga en riesgo grave la vida o integridad del trabajador, tienen la posibilidad de constituir un delito contra los derechos de los trabajadores y otros
delitos relacionados con el resultado acontecido, indicó la Guardia Civil en una publicación oficial.