El 27 de diciembre en Zaragoza, la Junta Electoral de Aragón ha tomado una decisión significativa al rechazar la petición del PSOE aragonés, que solicitaba medidas cautelares urgentes en torno al discurso institucional de fin de año del presidente Jorge Azcón. El argumentario de la Junta se centra en que el discurso no puede ser considerado, de antemano, como una violación de la normativa electoral. Asimismo, se sostiene que no se pueden imponer restricciones previas a menciones sobre logros o valoraciones del gobierno.
En la resolución emitida el pasado sábado, existe la posibilidad de apelar ante la Junta Electoral Central en un plazo de 24 horas desde su notificación. El organismo electoral ha decidido que el discurso de año nuevo del presidente de Aragón no transgrede la ley electoral, adoptando parte de los argumentos presentados por la directora de Servicios Jurídicos del Gobierno autonómico. Ella recordó que las declaraciones periódicas, como este discurso, son aceptables independientemente de la cercanía a una cita electoral.
La Junta ha enfatizado que el discurso del presidente se ofrece en su papel personal y no como candidato de un partido político. Esta distinción es crucial para entender la naturaleza del acto, que se alinea con la función oficial de Azcón como presidente.
Además, la Junta Electoral ha argumentado que no es necesario recordar la obligación de mantener la neutralidad política o evitar alusiones a logros del gobierno, dado que esto es un deber legal impuesto por las normativas vigentes, alineándose con el principio de "deber de diligencia" del Tribunal Supremo en lo que respecta a la LOREG.
Por su parte, el PSOE Aragón había solicitado que el discurso de Azcón se limitara estrictamente a temas institucionales, prohibiendo cualquier referencia a logros del Gobierno y evitando críticas a la administración central. Su objetivo era garantizar que el discurso se alineara con los principios de objetividad y neutralidad que demanda la LOREG.
La resolución, firmada por el presidente de la Junta Electoral, Javier Seoane, hace mención de un acuerdo anterior que establece que la legislación electoral permite la aparición de líderes políticos en medios públicos, incluso durante periodos electorales, siempre que no hagan una solicitud directa de voto durante esas intervenciones.
En este contexto, la Junta recordó también la decisión previa de desestimar medidas cautelares respecto a una entrevista del entonces presidente socialista, Javier Lambán, con motivo del día de la Comunidad autónoma, en un periodo próximo a elecciones.
La Junta ha dejado claro que cualquier objeción al discurso de Azcón del 31 de diciembre podrá presentarse posteriormente si las partes interesadas consideran que vulnera principios como pluralismo o neutralidad informativa. Sin embargo, este tipo de impugnaciones no podrán realizarse de manera anticipada, según lo indicado en las normativas de la Junta Electoral Central.
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